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Vados

Para la entrada y salida de vehículos a garajes, aparcamientos, locales y/o naves industriales, se necesita autorización Municipal.

Existen dos tipos de autorizaciones:

La tributación se establece en función del tipo de vado (Permanente o Temporal), del número de metros de ocupación (reserva) de la vía pública y de la zona de ubicación en la Ciudad.

Instrucciones para la solicitud de un vado

Puede obtener información más detallada a través de las ordenanzas:

Ordenanza Reguladora B.O.P. 26-04-2006 (58 Kb)

Ordenanza Fiscal de Tasas B.O.P. 30-06-2000 (33 Kb)

Documentación a presentar para la solicitud de un vado

A la solicitud de autorización para entrada de vehículos a inmuebles urbanos, se deberá acompañar la siguiente documentación:

A) Garajes públicos, privados y de viviendas unifamiliares.

  1. Título de propiedad o acreditación de la representación del garaje o aparcamiento, en todos los casos.
  2. Licencia de primera ocupación, cuando en ella conste expresamente zona o reserva de aparcamiento.
  3. En defecto de lo exigido en el apartado 2:
    1. Licencia de apertura y acta de comprobación favorable como garaje de vehículos para los aparcamientos que tengan una superficie útil superior a 150 metros cuadrados, y con capacidad igual o superior a 6 plazas de vehículos.
    2. Planos actualizados y visados en el año de presentación de la solicitud e informe del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS), para los aparcamientos que tengan una superficie útil inferior a 150 metros cuadrados, o con capacidad inferior a 6 plazas de vehículos.
  4. En el caso de viviendas unifamiliares, documento acreditativo de dicha condición.

B) Locales destinados a garajes.

  1. Título de propiedad o contrato de arrendamiento, en caso de alquiler.
  2. Licencia de primera ocupación, cuando en ella conste expresamente zona o reserva de aparcamiento.
  3. En defecto de lo exigido en el apartado 2:
    1. En los locales de superficie útil superior a 150 metros cuadrados, y con capacidad igual o superior a 6 plazas de vehículos, se deberá presentar la licencia de apertura y acta de comprobación favorable como garaje de vehículos.
    2. En el resto de locales de deberá presentar plano actualizado y visado en el año de presentación de la solicitud, a escala 1/500 o superior de situación del local, en el que se contemple la posible afectación de elementos de mobiliario urbano, jardinería, alumbrado o señalización, e indicará la anchura de la acera o aceras afectadas, tipo de pavimento y bordillo, desnivel respecto de la calzada y ancho de la vía entre alineaciones de fachadas. También plano actualizado y visado en el año de presentación de la solicitud, a escala 1/100 o superior de distribución del local, que indicará, claramente, superficie útil, anchura de la meseta y puerta de acceso, concretando las zonas de estacionamiento con las plazas numeradas y las de rodadura y maniobra.

C) Locales con actividades comerciales, mercantiles, industriales o de servicios.

  1. Título de propiedad o contrato de arrendamiento, en caso de alquiler.
  2. Plano actualizado y visado en el año de presentación de la solicitud, a escala 1/500 o superior de situación del local, en el que se contemple la posible afectación de elementos de mobiliario urbano, jardinería, alumbrado o señalización, e indicará la anchura de la acera o aceras afectadas, tipo de pavimento y bordillo, desnivel respecto de la calzada y ancho de la vía entre alineaciones de fachadas.
  3. Plano actualizado y visado en el año de presentación de la solicitud, a escala 1/100 o superior de distribución del local, que indicará, claramente, superficie útil, anchura de la meseta y puerta de acceso. Para los garajes o aparcamientos se concretarán las zonas de estacionamiento con las plazas numeradas y las de las de rodadura y maniobra y, para los locales comerciales se concretarán la zona de carga y descarga y la del ejercicio de la actividad, en su caso.
  4. Alta censal en la actividad en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  5. Licencia de apertura y acta de comprobación favorable, propia de la actividad. Si se solicita estacionamiento de vehículos en el local, se deberá aportar también licencia de apertura como garaje, tal como se regula en el apartado anterior de este mismo artículo.

D) Gasolineras y Estaciones de Servicio.

  1. Título de propiedad o de representación.
  2. Plano de situación, conforme al punto 2 del apartado c) anterior.
  3. Plano de distribución, en el que se recogerá la entrada y salida de vehículos y la situación de los elementos o instalaciones de los servicios.
  4. Licencia de apertura y acta de comprobación favorable.
  5. Alta censal en la actividad en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

E) Aparcamientos en superficie.

  1. Título de propiedad o representación del aparcamiento.
  2. Plano de situación, conforme al punto 2 del apartado C).
  3. Plano de distribución, conforme al punto 3 del apartado C).

F) Pasos de vehículos de emergencia.

Justificación de la necesidad de dicho paso mediante informe del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS).

Todos los expedientes serán informados por los Servicios Técnicos Municipales, salvo los que aporten licencia de primera ocupación completa.