Contratación y PatrimonioCesiones de Terreno para Viario y Uso Público Página Inicial del Departamento Página Inicial del Portal del Ayuntamiento de Alicante
Inicial del Departamente Pagina Inicial del Ayuntamiento

Cómo efectuar una Cesión de Viario o de Espacios de Uso Público

Si Vd. está obligado a ceder al Ayuntamiento terrenos de su propiedad como consecuencia de haber solicitado una licencia de obras o una licencia de parcelación, conforme a las alineaciones establecidas en el Plan General Municipal de Ordenación Urbana (P.G.O.U.), debe efectuar dicha cesión por escrito mediante el modelo de instancia adecuado a sus necesidades.

Instancia para consultar si procede o no cesión como consecuencia de solicitud de licencia de obras   (5 kb)

Instancia para cesiones motivadas por solicitud de licencia de obras   (5 kb)

Instancia para cesiones consecuencia de licencias de parcelación, conforme a las alineaciones del PGOU   (5 kb)

Su solicitud, una vez cumplimentada, debe presentarla en el Registro Municipal (actualmente sito en la calle Jorge Juan, nº 1-bajo, entrada por el Pórtico Consistorial) o enviarla a dicha dependencia por correo certificado mediante procedimiento administrativo, acompañada de la documentación que se indica a continuación:

Posteriormente, una vez emitidos los informes técnicos, económicos y jurídicos que proceda, el órgano municipal competente deberá adoptar un acuerdo expreso (acto administrativo) aceptando o no la cesión y, tras la adopción de dicho acuerdo si fuese favorable, se procederá a la formalización de la cesión efectuada en documento administrativo (Acta de cesión de terrenos), ante la Alcaldía, dando fé el Secretario del Ayuntamiento o su delegado, para lo que se les concovará oportunamente. Tras la firma del acta de cesión, el cedente quedará liberado de esta obligación urbanística, pudiendo continuar la tramitación de la/s licencia/s de que se trate.

En algún caso puede requerirse que la cesión se formalice mediante el otorgamiento de escritura pública ante Notario, cuya firma se llevará a cabo en el Ayuntamiento.

También procederá la formalización en escritura pública si el cedente así lo desea, corriendo con todos los gastos que ello origine.

Formalizada la cesión, el documento suscrito tendrá acceso al Registro de la Propiedad, a los fines y efectos procedentes.